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Que se atienden de manera En Línea.
Trámite mediante el cual las personas físicas y morales, realiza el pago del impuesto predial por ser propietarias o poseedoras de inmuebles por cualquier título.
Trámite mediante el cual el ciudadano solicita el permiso de reconstrucción posterior a una demolición parcial sin cambiar el uso de la edificación y sin aumentar la superficie de construcción preexistente.
Trámite mediante del cual el contribuyente solicita su constancia de no infracción para acreditar que no existen multas de tránsito a su nombre.
Trámite mediante el cual el ciudadano solicita las reparaciones de las vías públicas que hayan sufrido daño por la realización de los procesos constructivos o por la intervención u ocupación de la vía pública.
Trámite mediante el cual el propietario y/o poseedor del inmueble, solicita constancia que acredite que se encuentra al corriente del pago del impuesto predial.
Servicio mediante el cual, los ciudadanos solicitan información de la Administración Pública Municipal para que puedan ejercer su derecho fundamental de solicitar y recibir información que el gobierno municipal genera, maneja o posee, fomentando así la transparencia, la rendición de cuentas y la participación ciudadana en la gestión pública.
Trámite mediante el cual los propietarios y/o poseedores solicitan el permiso para construir en inmueble baldío.
Trámite mediante el cual se le informa al usuario sobre el cobro y consumo de los servicios contratados al garantizar el acceso al mismo mediante un dispositivo electrónico con acceso a internet para su consulta y pago. Además de evitar la suspensión del servicio del Agua Potable por la ausencia de un recibo físico.
Trámite mediante el cual los propietarios, usufructuarios, poseedores solicitan el permiso de ampliación de cualquier inmueble para poder realizar el aumento de metros cuadrados en construcción existente, correspondiente a una misma escritura de propiedad.
Trámite mediante el cual los desarrolladores Inmobiliarios, solicitan la constancia del Visto Bueno para Proyecto de Régimen de Propiedad en Condominio, de 2 hasta 23 Unidades Privativas.