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Que se atienden de manera En Línea.
Trámite mediante el cual el ciudadano solicita el permiso para realizar actividades de limpieza de terreno, movimiento de tierras, trazo, excavación, relleno, nivelación, compactación y cualquier procedimiento de cimentación.
Trámite mediante el cual el ciudadano solicita el permiso para la colocación de un Anuncio cualquier expresión gráfica, escrita o electrónica que se coloca o difunde en cualquier vialidad urbana o bien de uso común, o que sea visible desde los mismos, y pueda mostrar o informar al público cualquier mensaje, publicidad o propaganda, relacionado con la producción o venta de bienes, con la prestación de servicios y, en general, con el ejercicio lícito de cualquier actividad.
Trámite mediante el cual el ciudadano solicita realizar cambio de proyecto de su construcción.
Trámite mediante el cual la persona física o moral solicita, la constancia para realizar la suspensión temporal a cualquier ejecución de obra que cuente con permiso de construcción previamente autorizado.
Trámite mediante el cual el ciudadano solicita la asignación numérica que la Dirección General de Desarrollo Urbano otorga a una finca, lote baldío o predio, el cual se conformará de números arábigos o de éstos seguidos de alguna letra del alfabeto comenzando por la letra A y continuando hasta la Z.
Trámite mediante el cual el ciudadano, solicita refrendar su permiso de construcción para continuar la obra autorizada que no se hubiere terminado la cual podrá ser hasta por un término igual a la vigencia de dicho permiso.
Trámite mediante el cual el Perito Valuador Fiscal Externo solicita la validación y autorización del avalúo fiscal.
Trámite mediante el cual los propietarios y/o poseedores solicitan el permiso para construir en inmueble baldío.
Trámite mediante el cual las personas físicas y morales, realiza el pago del impuesto predial por ser propietarias o poseedoras de inmuebles cualquier título.
Servicio mediante el cual los ciudadanos presentan sus quejas, denuncias y sugerencias, por actos u omisiones cometidas por servidores públicos municipales en ejercicio de sus funciones, y que dichos actos puedan constituir una falta administrativa de las establecidas en la Ley de Responsabilidades Admirativas para el Estado de Guanajuato.